En el juicio que se llevó a cabo este fin de semana contra J.C.M. la juez que lleva el caso dictó prisión preventiva, esto por falsear información sobre su verdadero domicilio y representar un riesgo de sustraerse de la justicia.
Esta medida fue solicitada por la Fiscalía General del Estado, ya que argumentó que al inicio de las investigaciones J.C.M. proporcionó una dirección y posteriormente proporcionó otra.
Esta inconsistencia fue considerada una violación del artículo 168 del Código Nacional de Procedimientos Penales, que establece los supuestos para dictar prisión preventiva.
Cabe señalar que J.C.M. únicamente enfrenta cargos por homicidio cometido por culpa, ya que el delito de daño en propiedad ajena por culpa quedó extinguido tras recibir el perdón legal correspondiente.
La jueza dejó claro que su resolución responde a la ley y a las pruebas presentadas por la Fiscalía.
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