Polémica sobre el aborto en Yucatán

Aborto en Yucatán y como quedó
Por: Alejandro Sánchez Mézquita
Lectura: 2 minutos

¿Se permite o no el aborto en Yucatán? y si el Congreso del estado continua o no en desacato ante la federación.

En Reporte24 te explicamos paso a paso la controversia o duda que existe ante la falta de acuerdos en el Congreso de Yucatán.

Primero: este miércoles, el Congreso de Yucatán rechazó la reforma constitucional que buscaba despenalizar el aborto en la entidad, sin embargo, con la mayoría de los diputados, se aprobó cambios al Código Penal, que permite la interrupción legal del embarazo hasta las 12 semanas de gestación.

Segundo: la Constitución del estado de Yucatán no permite el aborto, pero el código penal con esta nueva iniciativa aprobada, si permite la interrupción del embarazo hasta la semana 12.

Esto significa que, aunque la Constitución yucateca no permita el aborto desde el momento de la concepción, una mujer puede abortar si ir a la cárcel o como se dice en derecho, sin tener una carga punitiva.

Origen:

La reforma constitucional pretendía cumplir con la orden de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que en diciembre de 2024 instruyó al Congreso de Yucatán despenalizar el aborto, por lo que el Congreso local estaba en desacato hasta este miércoles 09 de abril.

Es decir, el Congreso de Yucatán tenía que hacer su función, legislar y lo hizo, aunque la votación para modificar la Constitución local no se haya hecho, debido a que votaron 22 diputados a favor y 13 en contra, cuando debía ser las dos terceras partes, es decir, 24 legisladores para cambiar nuestra Ley local.

Ahora, esta nueva legislación será enviada a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y si ellos ordenar realizar un nuevo procedimiento se tendrá que hacer y si no lo hacen entrarían en desacato.

En términos generales, Yucatán es la entidad 23 del país en permitir el aborto sin que haya cárcel.
Los términos actuales quedaron de la siguiente forma:

-Se permite la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas.

-En caso contrario, es decir, después de las 12 semanas habrá cárcel de 3 meses y de 50 a 200 días de trabajo comunitario.