Esta medida será vigente hasta el 31 de diciembre de 2026, sin embargo, no es para todos.
Las personas que serán beneficiadas son: trabajadores, estudiantes, amas de casa, jubilados, pensionados y personas que actualmente no cuentan con empleo.
¿Qué documentación se solicita?
Los requisitos varían según la situación laboral o personal de cada beneficiario.
Los trabajadores asalariados deben acreditar su inscripción al sistema de seguridad social y presentar su recibo de nómina más reciente.
En el caso de los trabajadores no asalariados, se solicita una constancia expedida por la organización sindical o cooperativa a la que pertenezcan.
Por su parte, los jubilados y pensionados necesitan presentar un documento que compruebe dicha condición, además de su último comprobante de pago.
Los estudiantes, amas de casa y personas desempleadas deberán entregar la documentación necesaria para demostrar que pertenecen al grupo que puede recibir el estímulo, de acuerdo con los criterios establecidos por la SSP.